“Las agencias de gestación subrogada mienten sobre las sentencias de México”

El presidente de Subrogalia, la agencia líder en España en asesoramiento jurídico de la maternidad subrogada, Dídac Sánchez, explica que al contrario de lo que aseguran algunas agencias españolas, no es cierto que México expida sentencias de filiación en los procesos de gestación subrogada

Barcelona, 8 de enero de 2015.- Algunas agencias españolas de gestación subrogada que trabajan en colaboración con agencias  o clínicas de México, han asegurado en las últimas semanas que se puede obtener una sentencia  judicial de filiación a favor de los padres españoles que han iniciado el proceso, tal como viene sucediendo en estados Unidos. De este modo los dos padres españoles, verían reconocida su filiación en la sentencia, y su hijo inscrito en el registro civil español a nombre de los dos, cumpliendo  los requisitos de la circular de la Dirección general de notariado y registros de 2010.

logo-subrogaliaPero esta información es totalmente incierta, ya que los procesos judiciales que  algunos padres han iniciado en ese país no son sino procedimientos de jurisdicción voluntaria, después del nacimiento del niño, que no están amparados en ley alguna, y que se basan en argumentos que no recoge la legislación mexicana.

Según explica Dídac Sánchez, presidente de  la empresa Subrogalia, “es vergonzoso que haya alguna empresa dedicada a la gestación subrogada que con tal de ganar clientes engañe a los mismos, ofreciéndoles una sentencia que nunca tendrán, sencillamente porque el ordenamiento jurídico mexicano no la prevé en su legislación. Las demás agencias que ofrecen México como destino, no engañan a sus clientes de este modo y ven cómo se van a las empresas que si ofrecen la “sentencia”, atraídos por el canto de sirena que les llevará irremediablemente a un abismo jurídico”.

Asociación de Padres por la Gestación SubrogadaTal y como explica Sánchez, no existe en la legislación del país centroamericano ningún procedimiento  jurídico alguno para reconocer la filiación de los padres españoles comitentes antes de que nazca el niño. Además, el procedimiento de  jurisdicción voluntaria,  que se realiza después del nacimiento, conlleva meses de  proceso, por lo que el niño ha de venir como ciudadano mexicano a España y no tiene la certeza de  obtener una resolución judicial favorable, puesto que la legislación actual no prevé este método. “Es una lotería a la espera de ver si por casualidad un tribunal expide una sentencia en un tema sobre el que no puede pronunciarse y en cuyo caso la fiscalía recurriría inmediatamente”, asegura Dídac Sánchez.

“Todo ello lleva a que muchos ciudadanos ─mal aconsejados por agencias sin escrúpulos que no les advierten de la aventura jurídica en la que se están embarcando─ se encuentren dentro de unos meses con un niño en los brazo y sin sentencia judicial, teniendo que proceder a la inscripción del niño  a nombre del padre biológico español y hacer una adopción posterior por parte de la madre española, que es la mecánica que se emplea en todos los países que, como México, otorgan una partida de nacimiento a nombre de los dos padres con la Apostilla de la Haya”, añade Sánchez.

Los principales despachos de abogados de México están advirtiendo en los medios de comunicación de dicho país de este fraude, que perjudica enormemente la imagen y reputación de su país, según explican los expertos de Subrogalia.

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