La contratación de vivienda en España por parte de los extranjeros sigue al alza y se apoya en hipotecas bancarias
La inversión en España sigue al alza según constatan las cifras de este 2021 por parte de inversores extranjeros. Los inversores extranjeros apuestan por la contratación de vivienda con hipotecas en entidades bancarias, asumiendo unos costes ocultos que penalizan la rentabilidad de las inversiones.
Desde el despacho de abogados Klev & Vera International Law Firm constatan que los inversores extranjeros siguen apostando por el mercado español a través de inversiones inmobiliarias en vivienda residencial y apoyan a los inversores con la reclamación de los costes ocultos que padecen los inversores internacionales.
Los costes que han tenido que soportar los hipotecados son los gastos de notaría, los gastos de registro, los honorarios de los notarios, el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), los gastos de tasación y gestoría. En el pasado, los bancos han imputado estos gastos sobre sus clientes y han incluido cláusulas en los contratos hipotecarios que pueden incrementar el coste de la hipoteca.
Entre ellas destaca la llamada ‘Cláusula Suelo’, que establece una cantidad mínima de intereses a pagar mensualmente con independencia de la fluctuación de los tipos de interés en general. Algunos de estos gastos se pueden reclamar, pero sólo mediante los procedimientos judiciales y extrajudiciales adecuados.
Para Helen Pino-Vera y Anna Klevtsova, socias fundadoras de Klev & Vera International Law Firm, “la obtención de una hipoteca, al igual que muchos procesos en España, implica burocracia y muchos trámites. Estos trámites esconden algunos costes adicionales no previstos por el consumidor y que van más allá del pago y la obtención de la hipoteca en sí. De media estos gastos rondan los 2.000 euros. Afortunadamente, en los últimos años, los consumidores han tenido la oportunidad de recuperar algunos de estos gastos gracias a una decisión del Tribunal Supremo. Recuperar estos gastos requiere la asistencia de un abogado que conozca la Ley aplicable y plazos y de la representación de un Procurador.”